Subsidio de

ARRIENDO D.S.52

Este es un aporte temporal que entrega el Estado a familias que pueden realizar un pago mensual por el arriendo de una vivienda. Las familias beneficiadas reciben un subsidio total de 170 Unidades de Fomento (UF), el cual se entrega de manera mensual con un tope de 4,2 UF, el que podrá ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de 40 meses aprox. El valor máximo del arriendo de la vivienda no podrá superar las 11 UF. Sin embargo, el monto máximo del subsidio y del arriendo pueden variar según la localización geográfica de la comuna en que se encuentra la vivienda.


  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros.
  • Postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular no necesitan contar con núcleo familiar.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 70%. Se permitirá una postulación por RSH en cada llamado.
  • Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda al momento de postular, la cual debe estar a nombre del postulantes, cónyuge o conviviente civil.
  • Las familias pertenecientes a SSyOO, SEGÚN LAS CONDICIONES DEL LLAMADO PUBLICADO, se podrán eximir de los siguiente: Ahorro mínimo, acreditar un mínimo de ingresos y tener postulación o beneficio vigente de algún programa de vivienda. En el caso de las gestantes mayores de edad, también se podrá eximir el requisito de acreditar un grupo familiar de dos personas o más, permitiéndoles postular como hogar unipersonal. Para los usuarios SSyOO que no cuenten con núcleo familiar y tenga menos de 60 años, podrán solicitar eximición del requisito.
    * La cuenta de ahorro para la vivienda debe tener al menos un mes de antigüedad para postular y el monto debe ser en UF. El ahorro mínimo de 4 UF debe estar depositado a más tardar el mes anterior a la postulación.
  • Tener un ingreso económico familiar entre 7 y 25 UF. Por cada integrante familiar que excede de tres, el ingreso máximo mensual familiar aumentará en 8 UF.
    Se realizará un llamado especial anual, que contemplará los programas SSyOO, los postulantes deberán pertenecer al subsistema, podrán postular solos o con núcleo familiar y podrá eximirse del ahorro.
  • Se considerará la obligación de realizar la búsqueda de la vivienda a arrendar con antelación, teniendo en consideración los requisitos que debe cumplir la vivienda, con el objeto de contar con ella en un momento anterior a la total tramitación de su otorgamiento, esto para asegurar la aplicación del beneficio (ver pág. 7 del protocolo de acceso preferente)

Postulación presencial y/u online en oficinas de atención ciudadana de MINVU o en las oficinas de ChileAtiende. Son procesos regionalizados. Las postulaciones online se deben realizar en el sitio web www.minvu.cl.

El arriendo de una vivienda.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo y sus respectivas Seremis